BASES GENERALES DE SORTEOS EN REDES SOCIALES

PRIMERO.- EMPRESA ORGANIZADORA DEL SORTEO

Los Sorteos se organizan por la entidad GRUPO PACO MATEO, S.A., con CIF nº A79184412, domiciliada en Moralina de Sayago, calle Requejo, número 10, 49253, Zamora.

SEGUNDO.- OBJETO DEL SORTEO

A través de los sorteos, GRUPO PACO MATEO pretende promocionar los productos de mobiliario de hogar que comercializa. El objeto a sortear será publicado en las redes sociales y los medios de comunicación del Grupo especificando las características pertinentes como pueden ser: medidas o materiales.

TERCERO.- ÁMBITO GEOGRÁFICO

El ámbito de aplicación de este Sorteo es todo el territorio nacional de España.

CUARTO.- CALENDARIO

La Promoción dará comienzo en la fecha publicada en redes sociales y tendrá una duración de dos semanas, periodo en el que los interesados podrán participar. El plazo se cerrará a las 23:59h del decimoquinto día. Los detalles y concreciones sobre los plazos y fechas se especificarán pertinentemente en la publicación de redes sociales que anuncie la celebración del sorteo.

Si por causa justificada no fuese posible realizar el Sorteo en la fecha indicada y publicada en las redes sociales del Grupo, el sorteo se llevará a cabo el siguiente día hábil. Del Sorteo resultará elegido un (1) ganador. En caso de que el agraciado rechazase el premio explícitamente, no se lograse localizarlo en un plazo máximo de 72 horas o no pasara a recogerlo en el plazo indicado, se realizará el sorteo nuevamente.

El agraciado deberá recoger el premio en Grupo Paco Mateo (calle Requejo, número 10, 49253, Moralina, Zamora) en un plazo máximo de una semana (7 días) a partir de la notificación del resultado del sorteo, así mismo, deberá presentar DNI u otro documento identificativo en el momento de la entrega.

QUINTO.- COMUNICACIÓN

La existencia de la presente Promoción se comunicará a los clientes de GRUPO PACO MATEO a través de redes sociales, correo electrónico, mensaje Whatsapp y/o llamada telefónica. Una vez realizado el Sorteo, GRUPO PACO MATEO informará al Ganador mediante la propia red social, mensaje de texto (“sms”) y/o llamada telefónica. Los ganadores deberán aceptar formalmente el premio, así como la forma de entrega de este.

SEXTO.- PREMIOS

El premio que se va a entregar al participante que resulte ganador del Sorteo será el publicado en redes sociales, donde se especificarán todas las características pertinentes. El premio, en ningún caso, podrá ser objeto de cambio, alteración, cesión o compensación económica a petición de los ganadores. Para más más información sobre el premio, por favor, póngase en contacto con GRUPO PACO MATEO en grupopacomateo@hotmail.com, mediante mensajería interna de las redes sociales o en el teléfono 980 61 60 37.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los premios cuyo valor supere los 300 euros se encuentran sujetos a retención o ingreso a cuenta de un 19% sobre el valor publicado del premio, que será practicado por el Organizador. El premio entregado en el marco de esta promoción constituye, a efectos de la normativa española vigente, una ganancia patrimonial no derivada de la transmisión sujeta a tributación en IRPF, por la cual el Organizador realiza el correspondiente ingreso a cuenta en la AEAT, siendo el resto de la tributación responsabilidad de los participantes ganadores de los premios.

SÉPTIMO. - CONDICIONES GENERALES DEL SORTEO

Todas aquellas personas que deseen participar en el Sorteo deberán cumplir con los requisitos establecidos en los términos y condiciones de las presentes bases así como con los requisitos de participación publicados en la red social en la que se celebra el concierto.

7.1.- Mecánica

GRUPO PACO MATEO lanzará una campaña por distintos canales de comunicación promocionando los productos de mobiliario de hogar que comercializa y promoviendo la participación en el Sorteo. Podrán participar en el Sorteo aquellos clientes que durante el período promocional realicen la acción o acciones requeridas para el sorteo y que serán especificadas en la publicación correspondiente al sorteo.  

De entre los Participantes en el Sorteo se elegirá un (1) ganador (en adelante, “El Ganador”), que se determinará según lo establecido en la Cláusula Octava.

7.2.- Legitimación

Podrán participar en este Sorteo las personas físicas mayores de 18 años que residan legalmente en España y que, durante el período promocional, hayan realizado la acción o acciones requeridas para participar en el sorteo conforme a lo dispuesto en la cláusula 7.1. de las presentes bases. Los requisitos de edad y residencia serán corroborados mediante la presentación del D.N.I. u otro documento acreditativo de la identidad de las personas físicas en el momento de entrega del premio.

7.3.- Limitaciones a la participación

GRUPO PACO MATEO queda facultada para excluir a aquellos/as participantes que no cumplan con los requisitos de participación del Sorteo o que, a juicio de GRUPO PACO MATEO, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del Sorteo. GRUPO PACO MATEO se reserva el derecho a cancelar el Sorteo, bien de forma definitiva, bien de forma temporal, por razones, en ambos casos, de fuerza mayor, por circunstancias imprevistas o imprevisibles, o por fraude.

7.4.- Aceptación de las bases legales

El mero hecho de participar en este Sorteo implica la aceptación en su totalidad y sin reservas de las presentes bases y del criterio de GRUPO PACO MATEO en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del Sorteo.

GRUPO PACO MATEO se reserva el derecho a efectuar, en cualquier momento, los cambios que entienda oportunos en las presentes bases, incluyendo, a título meramente enunciativo, pero no limitativo, la anulación, repetición, ampliación, aplazamiento o modificación de las mismas. Dicha situación se pondrá convenientemente en conocimiento de los participantes a través de los mismos medios por los que se haya comunicado la celebración del Sorteo.

7.5.- Del premio del Sorteo, su aceptación y cesión

El premio del Sorteo es intransferible y, en ningún caso, podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia del Ganador, siendo el Ganador la persona que disfrutará del mismo, salvo autorización expresa de GRUPO PACO MATEO.

En caso de que el Ganador renuncie al premio o no sea posible contactar él, en un plazo máximo de 72 horas, se cancelará el resultado y se volverá a realizar el sorteo.

7.6.- Exoneración de responsabilidad

GRUPO PACO MATEO queda exonerada de cualquier responsabilidad por daños de cualquier índole que pueda sufrir el ganador del Sorteo por cualquier acción u omisión no imputable a GRUPO PACO MATEO durante el disfrute del premio y con los límites establecidos en la normativa aplicable. Los participantes en el Sorteo, exoneran a GRUPO PACO MATEO de cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo indemnizaciones de cualquier tipo y cualesquiera otros tipos de gastos en los que pudiera resultar implicada GRUPO PACO MATEO con motivo y ocasión del presente Sorteo.

OCTAVO. - GANADOR

El Ganador será elegido entre los clientes de GRUPO PACO MATEO que cumplan los requisitos para participar en el Sorteo de conformidad con lo establecido en las presentes bases. Una vez determinado el Ganador, GRUPO PACO MATEO se lo comunicará a través de un correo electrónico, sms, llamada telefónica o mensajería interna de la red social en la que se ha anunciado el sorteo.

El Ganador deberá manifestar si acepta o no el premio en un plazo de 3 días/72horas, así como la forma de entrega de este. En ningún caso podrá ser entregado el premio a una persona distinta de aquélla que haya resultado Ganadora del Sorteo.

No podrán ser Ganadores del Sorteo el personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de GRUPO PACO MATEO, de las agencias encargadas del desarrollo del Sorteo o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo del Sorteo. Tampoco podrán ser Ganadores los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad. En todo caso, tanto el Ganador como el resto de los Participantes se comprometen a preservar la buena imagen y reputación de GRUPO PACO MATEO y de cualquiera de sus marcas.

NOVENO.- DERECHOS DE IMAGEN

Los participantes en el concurso consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) e imagen pueden ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que GRUPO PACO MATEO estime conveniente y puedan ser utilizados con el fin de informar sobre el resultado de dicho sorteo y probar así su ejecución efectiva ante el resto de los Participantes, así como de promocionar el producto publicitado y ulteriores eventos de similar naturaleza en los medios de comunicación que GRUPO PACO MATEO estime necesarios (incluyendo, a título de ejemplo, prensa, radio, televisión o Internet).

DECIMO.- PROTECCIÓN DE DATOS

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, GRUPO PACO MATEO les informa a los usuarios y estos otorgan su consentimiento expreso para que los datos de carácter personal que faciliten en el marco del presente Sorteo sean tratados exclusivamente por el responsable del tratamiento de los mismos, esto es, GRUPO PACO MATEO, con la finalidad de gestionar su participación en el Sorteo y, en particular, gestionar la entrega del premio, así como el cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de otra índole que sean de aplicación en relación con el Sorteo. Los datos de carácter personal facilitados en el ámbito del Sorteo no serán cedidos a terceros, salvo en los supuestos legalmente previstos al efecto.

GRUPO PACO MATEO informa a los usuarios de que sus datos únicamente serán conservados con posterioridad a la entrega del premio en el caso de los Ganadores. Esta conservación se realizará a los meros efectos de dar la correspondiente difusión del premio y de cumplir con las obligaciones fiscales que resulten de aplicación o de cualquier otra normativa aplicable.

GRUPO PACO MATEO se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos, y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología.

GRUPO PACO MATEO comunica a los Participantes que pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición o limitación en el tratamiento, así como el derecho de portabilidad por correo electrónico a grupopacomateo@hotmail.com

En la petición se deberá adjuntar la siguiente información:

  • Nombre, apellidos
  • Copia del D.N.I.
  • Domicilio a efectos de notificaciones
  • Derecho que desea solicitar
  • Contenido de su petición.

UNDÉCIMO.- LEY Y JURISDICCION APLICABLE

Las Bases del Sorteo se rigen por la ley española. GRUPO PACO MATEO y los Participantes en el Sorteo, en la medida en que la normativa prevea la posibilidad para las partes de someterse a un fuero determinado, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Zamora, con renuncia expresa a cualquier otro foro que pudiera corresponderles.